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	<title>El Blog de Aula Anpe &#187; cursos</title>
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	<description>Todo sobre el mundo de las oposiciones. Plataforma de cursos online</description>
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		<title>¿Cómo son las oposiciones?</title>
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		<comments>http://blog.aulaanpe.com/%c2%bfcomo-son-las-oposiciones/#comments</comments>
		<pubDate>Wed, 23 Sep 2009 10:35:15 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Oposiciones]]></category>
		<category><![CDATA[apartado]]></category>
		<category><![CDATA[como son]]></category>
		<category><![CDATA[cursos]]></category>
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		<description><![CDATA[La oposición consiste en una prueba de tipo selectivo en la que los estudiantes deben demostrar sus capacidades y aptitudes en la disciplina seleccionada. Las oposiciones constan de dos fases:
1. Fase de oposición. Esta fase constituye el 60% de la nota final y será necesario obtener como mínimo un 5 para acceder a la siguiente. [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>La oposición consiste en una prueba de tipo selectivo en la que los estudiantes deben demostrar sus capacidades y aptitudes en la disciplina seleccionada. Las oposiciones constan de dos fases:</p>
<p><strong>1. Fase de oposición.</strong> Esta fase constituye el 60% de la nota final y será necesario obtener como mínimo un 5 para acceder a la siguiente. Consiste en una única prueba estructurada en dos partes, que no tendrán carácter eliminatorio, pero que sí será obligatorio realizar ambas.</p>
<p><span id="more-70"></span>
<ul>
<li>Parte A. Se puntuará de 0 a 10 y representa al menos el 40% de la nota de esta fase. Se trata de demostrar una serie de conocimientos específicos necesarios para impartir docencia a través del desarrollo de un tema extraído al azar. En un temario de hasta 25 temas, se extraerán 3; en uno de hasta 50 temas, se extraerán 4; y en uno de más de 50 temas, se extraerán 5. En Educación Infantil y Primaria, el temario asciende a un total de 25 temas. En las distintas especialidades de Educación Secundaria, como filosofía, música o tecnología, el temario supera los 50 temas.</li>
</ul>
<ul>
<li> Parte B. Se puntuará de 0 a 10 y representa al menos el 40% de la nota de la fase. Esta parte consta de varios apartados, que serán valorados de manera independiente de 0 a 10 puntos, y cuya valoración total dentro de la fase depende de cada comunidad autónoma.</li>
</ul>
<p><strong>B.1. Presentación de una programación didáctica referida al currículo de un área, materia o módulo relacionados con la especialidad por la que se opta.</strong></p>
<p>La programación deberá corresponderse con un curso escolar de uno de los niveles o etapas educativas en el que el profesorado de esa especialidad tenga atribuida competencia docente para impartirlo. En el caso de los aspirantes a ingreso en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, podrá estar referida a la etapa de la Educación Secundaria Obligatoria, al Bachillerato o a los ciclos formativos de formación profesional.</p>
<p><strong>B.2. Exposición y defensa de una unidad didáctica. Este apartado podrá sustituirse por un informe, aunque el valor del mismo no será superior al 30% de la nota de esta fase.</strong></p>
<p><strong>B.3. Ejercicio de carácter práctico en las especialidades en que sea necesario.</strong></p>
<p><strong>2. Fase de concurso.</strong> Esta fase, continuación de la anterior, sólo se aplicará a aquellos que hayan aprobado la fase de oposición, lo cual no significa que vayan a obtener necesariamente plaza. Su valor es del 40% de la nota final de las oposiciones. El baremo de méritos está organizado en tres apartados y se podrá conseguir hasta un máximo de 10 puntos.</p>
<p><strong> &#8211; Apartado 1. Experiencia docente:</strong> máximo 7 puntos.</p>
<ul>
<li>0,7 puntos por año en especialidades del mismo cuerpo en centros públicos.</li>
<li> 0,350 puntos por año en especialidades de distinto cuerpo en centros públicos.</li>
<li> 0,150 puntos por año en especialidades del mismo nivel en otros centros.</li>
<li> 0,100 puntos por año en especialidades de distinto nivel en otros centros.</li>
</ul>
<p>- <strong>Apartado 2. Formación académica y permanente:</strong> máximo 4 puntos.</p>
<p>Formación académica:</p>
<ul>
<li> Expediente académico en el título requerido para el ingreso: hasta 1,5 puntos</li>
<li> Certificado de Estudios Avanzados, Máster, Suficiencia investigadora: 1 punto</li>
<li> Título de Doctor: 1 punto</li>
<li> Por premio extraordinario en el Doctorado: 0,5 puntos</li>
<li> Por titulaciones de primer ciclo: 1 punto</li>
<li> Por titulaciones de segundo ciclo: 1 punto</li>
<li> Por cada título Profesional de Música o Danza: 0,5 puntos</li>
<li> Por cada certificado de Aptitud de Escuelas Oficiales de idioma (Ciclo Superior): 0,5 puntos</li>
<li> Por cada Título de Técnico Superior: 0,2 puntos</li>
</ul>
<p>Formación permanente:</p>
<ul>
<li>Cursos no inferiores a 3 créditos: 0,2 puntos</li>
<li> Cursos no inferiores a 10 créditos: 0,5 puntos</li>
</ul>
<p><strong>- Apartado 3. Otros méritos:</strong> máximo 2 puntos (cada convocatoria los determinará).</p>
<p>Una vez determinada la calificación final del alumno, se establece la “nota de corte”. Los que superen dicha nota obtienen plaza, los que no la superen quedan sin plaza (el número de aprobados no puede superar al número de plazas convocadas), aunque pasan a la lista 1B de interinos, reservada a aquellos opositores que aún aprobando la oposición no obtienen plaza. En dichas listas de interinos solo serían superados por los aspirantes que hayan trabajando en la enseñanza pública y no han superado el proceso selectivo (lista 1A).</p>
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		<title>Los puntos del apartado Formación Permanente</title>
		<link>http://blog.aulaanpe.com/los-puntos-del-apartado-formacion-permanente/</link>
		<comments>http://blog.aulaanpe.com/los-puntos-del-apartado-formacion-permanente/#comments</comments>
		<pubDate>Fri, 18 Sep 2009 10:34:47 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Oposiciones]]></category>
		<category><![CDATA[cursos]]></category>
		<category><![CDATA[formación permanente]]></category>
		<category><![CDATA[homologados]]></category>
		<category><![CDATA[no homologados]]></category>
		<category><![CDATA[puntos]]></category>

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		<description><![CDATA[¿Qué son los puntos?
Para poder opositar en el apartado ‘Formación Académica’, se requieren una serie de puntos que representan el grado de formación del alumno. El Real Decreto 276/2007 regula el Reglamento de acceso a los cuerpos docentes de todo el Estado. En él se establece que se pueden acumular un máximo de cuatro puntos [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><em><strong>¿Qué son los puntos?</strong></em></p>
<p>Para poder opositar en el apartado ‘Formación Académica’, se requieren una serie de puntos que representan el grado de formación del alumno. El Real Decreto 276/2007 regula el Reglamento de acceso a los cuerpos docentes de todo el Estado. En él se establece que se pueden acumular un máximo de cuatro puntos en el apartado ‘Formación Académica’.</p>
<p><em><strong>¿Para qué sirven?</strong></em></p>
<p><span id="more-74"></span>Las Administraciones Educativas Autonómicas con competencias en educación (todas a excepción de Ceuta y Melilla), determinan la valoración de los cursos de formación y perfeccionamiento superados. Por ejemplo, en la última convocatoria de oposiciones para Educación Secundaria de Castilla-La Mancha, en el apartado II ‘Formación Académica y Permanente’, se valoró la formación con un máximo de cuatro puntos. Estos puntos se pueden obtener a través de los cursos “homologados”.</p>
<p><em><strong>¿Cómo se consiguen?</strong></em></p>
<p>El máximo de cuatro puntos que el estudiante necesita para opositar se puede conseguir a través de los cursos homologados, por ello, el alumno deberá calcular cuántos puntos tiene en función de su formación. Si ya se dispones de puntos, pero no los suficientes para llegar a los cuatro necesarios, es necesario que completes con los cursos homologados la totalidad de esos 4 puntos. En ocasiones se pierde una plaza por una décima de punto y lo más doloroso resulta cuando esa décima la podíamos haber conseguido mediante un curso de formación y no lo hicimos en su momento. A día de hoy, los cursos a distancia con 10 o más créditos tienen una valoración de 0,5 puntos por curso realizado.</p>
<p><em><strong>¿Qué son los cursos homologados?</strong></em></p>
<p>Los cursos homologados son todos aquellos que se realizan a través de convenios con alguna Administración Educativa o con Universidades y tienen la misma validez unos que otros. Con estos cursos se obtendrá el certificado de la superación de un curso de formación permanente y de perfeccionamiento, que cuentan en las convocatorias de oposiciones.</p>
<p><em><strong>¿Cuál es su valor? </strong></em></p>
<p>Los cursos homologados pueden presentarse como méritos en las convocatorias de oposiciones siempre y cuando estén relacionados con la especialidad a la que se opta, con la organización escolar, las nuevas tecnologías aplicadas a la educación, la didáctica, la psicopedagogía o la sociología de la educación.</p>
<p>Según la legislación vigente, los cursos homologados convocados por las administraciones educativas y universidades se bareman en el apartado de méritos siempre que cumplan los  requisitos de temática citados anteriormente.</p>
<p><em><strong>¿Cuántos cursos homologados pueden hacerse?</strong></em></p>
<p>La cantidad de cursos homologados que cada alumno pueda hacer dependerá de cada convocatoria y de la situación personal, es decir, las características de cada individuo como la calificación del expediente académico, los estudios de doctorado, otras titulaciones universitarias además de la exigida para presentarse a oposiciones, etc.</p>
<p>En el apartado ‘Formación Académica y Permanente’ pueden sumarse un máximo de 4 puntos, así el alumno deberá calcular cuántos puntos tiene teniendo en cuenta su formación y saber cuántos le faltan para alcanzar esos 4 puntos, sabiendo que todos ellos se pueden alcanzar mediante la realización de cursos de formación homologados.</p>
<p><em><strong>¿Qué son los cursos no homologados?</strong></em></p>
<p>Se entienden por cursos no homologados todos aquellos cursos de formación que no se realizan a través de convenios con administraciones educativas o universidades, pero que pueden ser válidos para el baremo de las oposiciones en algunas comunidades autónomas.</p>
<p><em><strong>¿Quién los organiza?</strong></em></p>
<p>Las administraciones convocantes son las que determinan los contenidos de los cursos no homologados, que en algunas ocasiones coinciden total o parcialmente con el de los cursos homologados (especialidad a la que se opta, organización escolar, nuevas tecnologías aplicadas a la educación, la didáctica, la psicopedagogía o la sociología de la educación).</p>
<p><em><strong>¿Cuál es su valor académico?</strong></em></p>
<p>El Real Decreto 276/2007 regula el Reglamento de acceso a los cuerpos docentes de todo el Estado. Según éste, se pueden acumular un máximo de 2 puntos en el apartado ‘Otros méritos’.</p>
<p>Este apartado de ‘Otros méritos’ será determinado en las convocatorias de cada Administración Educativa Autonómica con competencias en educación. En algunas comunidades, si así está recogido en la convocatoria, se valoran los cursos no homologados para completar la puntuación del apartado ‘Otros méritos’. Recomendamos al opositor mirar la última convocatoria del cuerpo al que quiere acceder y ver si han sido tenidos en cuenta; tanto en un caso como en otro la decisión y responsabilidad queda al arbitrio del opositor, ya que no podemos garantizar que sean tenidos en cuenta, ya que la propia administración al elaborar la convocatoria es la que decide si darles valor o no.</p>
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