¿Qué es el informe y quién puede optar a él?
Los profesores interinos que lo deseen pueden sustituir la parte de la oposición correspondiente a la exposición y defensa de la Unidad Didáctica (B2) por un informe sobre una unidad didáctica correspondiente a su área de especialización que valore sus conocimientos.
Para poder optar a esta opción, será preciso estar en situación de interino activo que haya trabajado al menos 6 meses ininterrumpidamente en el presente curso escolar hasta el momento de concluir el plazo de solicitud (aunque en alguna comunidad autónoma se habla de 7 meses y siempre que se ocupe vacante).
Este informe debe cumplir una serie de características para que se tome como válido:
- La Unidad Didáctica se tendrá que presentar 10 días después del último día de entrega de solicitudes de la convocatoria de oposición en las Delegaciones Provinciales.
- Deberá tener como máximo 10 páginas (anexos incluidos).
- Su contenido deberá estar basado en la especialidad por la que el profesor interino se presenta, aunque se esté trabajando en otra diferente o esté dando clase en Secundaria como Maestro.
El informe se valorará en función de lo que establezca cada comunidad autónoma, ya que el documento se podrá evaluar a través de dos vías: por un lado, el Servicio de Inspección que se encargará de visitar los centros, y por otro, las Comisiones de Valoración provincial, regional o de centro. Después, la Comisión de Selección será la encargada de enviar los informes a cada Tribunal de la especialidad donde se examinen los opositores, y por tanto, será este último el que establezca la nota final.







